• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
  • Nº Recurso: 1056/2021
  • Fecha: 15/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Remisión a la sentencia 1366/2022, de 24 de octubre. Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos. Deber de motivación del informe técnico económico. Aprovechamiento especial de bienes del dominio público. Imposición de un tipo de gravamen del 5 por 100. Proporcionalidad. Doctrina de la Sala.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 2231/2021
  • Fecha: 10/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Jurisprudencia reiterada de la Sala. a) En caso de aprovechamiento especial de bienes del dominio público, como es el transporte de energía eléctrica, no cabe imponer un tipo de gravamen del 5 por 100 de la base que tome como referencia, la utilidad que reporte el aprovechamiento, cuando nos hallemos sin duda ante un caso de aprovechamiento especial, no de un uso privativo; y b) La ordenanza fiscal -cuando coincidan en la misma actividad el aprovechamiento especial y uso privativo- deberá justificar la intensidad o relevancia de cada uno de ellos a la hora de cuantificar la tasa conforme a la legislación vigente -artículo 64 de Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público-.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL RAMON AROZAMENA LASO
  • Nº Recurso: 3805/2021
  • Fecha: 03/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima los recursos interpuestos. El interés casacional se centra en si existe, en perspectiva normativa, un momento cronológicamente exacto e invariable, inmovilizado normativamente, en definitiva, en que las exigencias del artículo 4.7.b) DMA y su equivalente, art. 39 del Real Decreto 907/2007 deben cumplirse en la medida en que supone una reflexión que se plantea la propia sentencia y que resuelve, concluyendo con un límite temporal radical que cercena, congela y paraliza una prudente y de conjunto racional y progresiva evaluación del tratamiento del agua, y el permanente movimiento en el estado de aquéllas masas acuíferas, según la normativa DMA y RPH aplicable y que la propia sentencia analiza. No hay una prescripción legal o criterio de observancia o delimitación temporal para acreditar el cumplimiento perfecto de los requisitos y la norma no lo resuelve, pero tampoco la jurisprudencia ni tampoco el texto de la sentencia recurrida que viene a sentar la fecha singular de aprobación del proyecto como contradictoria a la eficiente modificación del plan hidrológico de 2016. Así lo hace la sentencia recurrida (en el esencial fundamento de derecho séptimo) cuando examina específicamente si se cumplen los presupuestos establecidos en el artículo 4.7.b) de la Directiva 2000/60/CE. La sentencia recurrida fundamenta gran parte del fallo en las sentencias que cita del TJUE. Sin embargo. Sin embargo, dichas sentencias no tratan de supuestos homologables al presente asunto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 2735/2021
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tasa que grava la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos del Ayuntamiento de Íllar (Almería): a) En caso de aprovechamiento especial de bienes del dominio público, como es el transporte de energía eléctrica, no cabe imponer un tipo de gravamen del 5 por 100 de la base que tome como referencia, la utilidad que reporte el aprovechamiento, cuando nos hallemos sin duda ante un caso de aprovechamiento especial, no de un uso privativo; y b) La ordenanza fiscal -cuando coincidan en la misma actividad el aprovechamiento especial y uso privativo- deberá justificar la intensidad o relevancia de cada uno de ellos a la hora de cuantificar la tasa conforme a la legislación vigente -artículo 64 de Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público-. Jurisprudencia reiterada de esta Sala.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4029/2020
  • Fecha: 31/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los servicios de recogida de basuras y suministro de energía eléctrica prestados por la Autoridades Portuarias son, a efectos de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, servicios comerciales y que las cantidades percibidas por las Autoridades Portuarias por la prestación de los indicados servicios tienen la naturaleza de precios privados, por lo que su impugnación ha de sustanciarse ante la Jurisdicción Civil, previa reclamación ante el Consejo de Administración de la correspondiente Autoridad Portuaria.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 1027/2021
  • Fecha: 24/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: a) En los supuestos de aprovechamiento especial de bienes del dominio público no cabe imponer un tipo de gravamen del 5 por 100 sobre la base de la tasa que tomará, a su vez, como referencia, la utilidad que reporte el aprovechamiento cuando nos hallemos irrefutablemente ante un caso de aprovechamiento especial, no de uso privativo y b) La Ordenanza Fiscal -en los casos en que coincidan aprovechamiento especial y uso privativo- deberá justificar la intensidad o relevancia de cada uno de ellos a la hora de cuantificar la tasa conforme a la legislación vigente, especialmente teniendo en cuenta el artículo 64 de Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 2202/2022
  • Fecha: 13/10/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Determinación de la base imponible. Conceptos retributivos incluidos o excluidos de la base imponible del Impuesto.Determinar si, en la base imponible del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica debe incluirse o excluirse los conceptos como pagos por capacidad, garantía de potencia de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, complemento por energía reactiva, complemento por eficiencia y huecos de tensión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 1000/2022
  • Fecha: 13/10/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Determinación de la base imponible. Conceptos retributivos incluidos o excluidos de la base imponible del Impuesto.Determinar si, en la base imponible del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica debe incluirse o excluirse los conceptos como pagos por capacidad, garantía de potencia de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, complemento por energía reactiva, complemento por eficiencia y huecos de tensión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 6087/2020
  • Fecha: 11/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tasas locales. Compatibilidad entre los apartados a) y c) del artículo 24.1 TRLHL. Reiterada doctrina de la Sala. Esa compatibilidad y posibilidad de gravamen conjunto viene dada por la diferente naturaleza de la utilización del demanio local y, en particular, porque la tasa del apartado c) está restringida a los casos en que, para la prestación de determinados servicios indicados en el precepto, se ocupen el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, no cualesquiera otros bienes de dominio público locales, como es el caso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 3260/2022
  • Fecha: 06/10/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Admisión. Cuestión de interés casacional: determinación de los efectos del silencio administrativo de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica en relación con la solicitud de autorización de cierre de plantas de ciclo combinado.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.